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Seguridad protección - Apuntes de Electromedicina Xavier Pardell

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Seguridad protección

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Las funciones del Consejo de Seguridad Nuclear son las de evaluación y control de la seguridad de las instalaciones, en todas y en cada una de las etapas en la vida de una central (diseño, construcción, pruebas, operación y clausura). Controla y vigila los niveles de radiactividad dentro y fuera de las instalaciones, tanto nucleares como radiactivas, y vela por la protección radiológica de las personas y el medio ambiente.
En total, el CSN cuenta con una plantilla de más de 500 trabajadores para realizar el trabajo de supervisión y control, con un 60% de personal técnico de alta cualificación, especializados en seguridad nuclear y protección radiológica.
El Consejo está capacitado para suspender la construcción o el funcionamiento de las instalaciones por razones de seguridad. Concede licencias para las personas responsables de la operación de las instalaciones, estudia la influencia de las mismas en el medio ambiente y establece los límites y condiciones para su funcionamiento de forma que éste no suponga un impacto radiológico inaceptable para las personas o el medio ambiente.

Seguridad en la operación de centrales

En las autorizaciones para la explotación de las centrales nucleares se establecen numerosas condiciones que contemplan los distintos aspectos de la operación. Es de destacar la obligación de cumplir las Especificaciones Técnicas de Funcionamiento (ETF) para cada instalación. Cualquier cambio en este documento debe ser aprobado previamente, con el informe favorable del CSN.
En ellas se establecen las condiciones requeridas en cada sistema para la operación de la central, las acciones requeridas cuando no se cumplan estas condiciones (normalmente la parada de la central) y la vigilancia requerida para garantizar el buen estado de los sistemas.

Entrenamiento del personal de operación

Toda persona que vaya a actuar de operador o supervisor en una central nuclear está obligado a realizar un exhaustivo programa de entrenamiento y formación y a obtener, tras los exámenes necesarios, la correspondiente licencia expedida por el Consejo de Seguridad Nuclear. Una vez la central en funcionamiento, los operadores y supervisores son sometidos a programas de actualización de la formación, supervisados por el CSN y debe renovar su licencia casa dos años, acreditando ante el CSN sus conocimientos, estado de salud y su intervención en la operación de la central.
El resto de la plantilla de las centrales está incluida en un programa intenso de formación y conocimiento de las características de la propia central.

Mantenimiento

Toda central nuclear se somete a un programa de mantenimiento para garantizar el buen estado de los equipos. El programa de mantenimiento tiene carácter de reparación de los fallos que hayan podido ir surgiendo durante la operación normal, cuando la importancia de éstos no ha requerido la parada inmediata. Y también un carácter preventivo, con revisiones sistemáticas para que no se produzcan fallos que puedan ser evitados y para verificar que los equipos siguen en condiciones adecuadas de funcionamiento.

Evaluación de la experiencia operativa

La revisión sistemática y obligada de todos los sucesos ocurridos durante la operación de las centrales nucleares permite prevenir la aparición de ciertos fallos. Así se analiza, no sólo lo ocurrido en la propia central, sino en todas las demás y para determinar si un cierto tipo de fallo es posible o no y, si lo es, cómo prevenir su posible aparición por medio de modificaciones del diseño de la central o de los procedimientos de operación.

Reevaluación de la seguridad

Las centrales nucleares son reevaluadas, en cuanto a su seguridad, una vez que ha trascurrido cierto tiempo desde el inicio de su funcionamiento a fin de comprobar si continúan cumpliendo los requisitos de seguridad y para evaluar la conveniencia o necesidad de introducir mejoras en el diseño inicial, o de modernizar ciertos equipos, componentes o sistemas.

Inspección y control del CSN

El Consejo de Seguridad Nuclear realiza un seguimiento continuo del funcionamiento de las centrales nucleares, a través de la evaluación de los informes mensuales de operación, de los informes sobre sucesos notificables que hubieran podido ocurrir y de las inspecciones realizadas por sus técnicos. Para un mejor conocimiento de la realidad diaria de la operación de la central mantiene destacados, de forma permanente, inspectores residentes, en las centrales nucleares.








Protección radiológica

Principios de protección radiológica

Desde 1928 existe un organismo internacional que se preocupa de la protección radiológica (protección de las personas y del medio ambiente contra los efectos de las radiaciones ionizantes). Es la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP), la cual emite una serie de recomendaciones. Los tres principios básicos de las recomendaciones actuales de la ICRP son los que se expresan a continuación.

1. Justificación
No debe adoptarse ninguna práctica que signifique exposición a la radiación si su introducción no produce un beneficio neto positivo. Naturalmente, la práctica que implique la exposición a las radiaciones debe suponer un beneficio para la sociedad. Deben considerarse los efectos negativos y las alternativas posibles. Esto significa, por supuesto, profundas cuestiones que requieren ser resueltas por los correspondientes gobiernos, como, por ejemplo, el uso de la energía nuclear para producir electricidad.

2. ALARA
Siglas inglesas de la expresión "Tan bajo como sea razonablemente posible". Todas las exposiciones a la radiación deben ser mantenidas a niveles tan bajos como sea razonablemente posible, teniendo en cuenta factores sociales y económicos. Toda dosis de radiación implica algún tipo de riesgo; por ello no es suficiente cumplir con los límites de dosis que están fijados. Las dosis deben reducirse aún más. No obstante, la reducción de dosis no puede llevarse a cabo indefinidamente, sino que se deben considerar los costes asociados.

3. Límites de dosis

Las dosis de radiación recibidas por las personas no deben superar los límites recomendados para cada circunstancia por la Comisión. Las personas no deben ser expuestas a un nivel de riesgo inaceptable, por lo que la legislación española establece unos límites de dosis. Estos han de ser respetados siempre sin tener en cuenta consideraciones económicas. El uso del criterio ALARA está también exigido legalmente. En España las recomendaciones de la ICRP están contenidas en el Reglamento de Protección Sanitaria contra las Radiaciones Ionizantes. La ICRP revisó algunos de los límites de dosis en noviembre de 1990, y como consecuencia de ello, los nuevos límites han sido incorporados en la Directiva de Protección Radiológica de la Unión Europea y en las reglamentaciones de los Estados Miembros.



Organismos nacionales relacionados con la protección radiológica
Administración del Estado
De los órganos de la Administración en España, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, tiene especial significación en todo lo relacionado con el uso de las radiaciones ionizantes. Concretamente, la Dirección General de Política Energética y Minas es la responsable de otorgar las autorizaciones de las instalaciones radiactivas y elaborar el Registro de instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico.
Otros ministerios, como el de Medio Ambiente, tienen también competencias en las evaluaciones de impacto ambiental.
Existen competencias transferidas a las comunidades autónomas.

El Consejo de Seguridad Nuclear

Creado por ley en 1980. El Consejo de Seguridad Nuclear es el único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica en España.
Organizaciones relacionadas con la protección radiológica
La organización más veterana relacionada con la protección radiológica es la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP), anteriormente mencionada. De ella dependen cuatro comités dedicados a:
efectos de las radiaciones,
definición de límites secundarios de dosis,
protección radiológica en medicina,
implantación de las recomendaciones que ella formula.

La ICRP es una organización autónoma cuyos miembros lo son a título personal por su excelencia científica en varios campos de interés en radioprotección, emite recomendaciones que son recibidas por los organismos competentes nacionales e internacionales.
La trascendencia práctica a nivel mundial de las funciones que relacionan dosis con efectos, fue percibida por la Asamblea General de las Naciones Unidas que decidió en 1955 crear el Comité Científico de las Naciones Unidas para el Estudio de los Efectos de las Radiaciones Atómicas (UNSCEAR).
Este comité considera la información científica disponible y apoyada en las conclusiones de revisiones y congresos de organismos y comités nacionales e internacionales relacionados, confecciona y presenta a la asamblea general un análisis exhaustivo que contiene, entre otras cosas, las relaciones dosis-efecto que son la base de la limitación de dosis y riesgos.

Estas evaluaciones de UNSCEAR contribuyen esencialmente al trabajo de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP).

El Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) tiene como misión el desarrollo de normas y guías que, conteniendo esencialmente las recomendaciones de la ICRP, hayan alcanzado un consenso internaciona. Este consenso no es sólo entre países, sino también con otras organizaciones de Naciones Unidas, como la Organización Mundial de la Salud o la Organización Internacional del Trabajo.

La Unión Europea, en el tratado Euratom, establece la normativa sobre Protección Radiológica, que es exigida a los Estados Miembros de la UE, los cuales posteriormente, realizan la transposición de la misma a sus respectivas legislaciones.

El Consejo de Seguridad Nuclear vela por la seguridad nuclear y la protección radiológica en España. Para ello:
Evalúa la seguridad de las instalaciones nucleares y radiactivas y las inspecciona durante su funcionamiento.
Controla y vigila los niveles de radiactividad dentro y fuera de las instalaciones (en aire, agua, suelo, alimentos…) limitando el impacto radiológico en las personas y el medio ambiente.
En general, estos principios se aplican mediante la promulgación de leyes y reglamentos que se particularizan por autorizaciones expresas que se conceden a todas y cada una de las instalaciones nucleares y radiactivas.
En estas autorizaciones se incluyen los límites y condiciones de seguridad.



Tanto las radiaciones ionizantes como los materiales radiactivos han formado siempre parte de nuestro entorno; no obstante dada la ausencia en el ser humano de un mecanismo capaz de poner en evidencia su presencia, su descubrimiento no se produjo hasta finales del siglo XIX, época en la que comienza a disponerse de sistemas capaces de detectar su presencia aprovechando el conocimiento de algunas propiedades.
A las fuentes de radiaciones ionizantes como los rayos cósmicos, materiales radiactivos que están en la corteza terrestre, en el aire o incorporados a los alimentos, e incluso sustancias radiactivas que se encuentran en el interior del organismo humano (K40, C14, etc), se las denomina radiaciones de fondo o naturales.
Además de estar el ser humano expuesto a la radiación de fondo natural, también está expuesto a fuentes de radiaciones artificiales.

La utilización de fuentes de radiaciones ionizantes, aparatos de rayos X, sustancias radiactivas naturales o radioisótopos producidos artificialmente, en actividades de la medicina, la industria, la agricultura o la investigación, han reportado muchos beneficios a la humanidad, pero también ciertos riesgos que no quedan limitados a un pequeño grupo de personas, sino que inciden sobre grupos de trabajadores y sobre la población en su conjunto.

La protección radiológica tiene por finalidad la protección de los individuos, de sus descendientes y de la humanidad en su conjunto, de los riesgos derivados de aquellas actividades que debido a los equipos o materiales que utilizan suponen la presencia de radiaciones ionizantes.

El marco básico de la Protección Radiológica necesariamente tiene que incluir valoraciones tanto de tipo social como científicas, porque la finalidad principal es proporcionar un nivel apropiado de protección para el hombre, sin limitar indebidamente las prácticas beneficiosas que dan lugar a la exposición de la radiación. Además, se debe suponer que incluso dosis pequeñas de radiación pueden producir algún efecto perjudicial. Dado que existen umbrales para los efectos deterministas, es posible evitar dichos efectos restringiendo las dosis recibidas por las personas. No es posible, sin embargo, evitar del todo los efectos estocásticos porque no existe evidencia científica de un umbral para ellos.

Como consecuencia del estado actual de conocimientos de los efectos biológicos de la radiación, la ICRP considera que el objetivo principal de la protección radiológica es evitar la aparición de efectos biológicos deterministas y limitar al máximo la probabilidad de aparición de los estocásticos.




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